miércoles, 20 de febrero de 2008

Terminología a tener en cuenta:

Osvaldo Arturo Rivas y María Cristina Gómez Pinto no son ni fueron los “padres adoptivos”, menos aún “los padres” de María Eugenia Sampallo Barragán. Son sus apropiadores, ya que no existió ningún trámite legal de adopción. Ambos individuos inscribieron a la niña como si fuera hija propia y le ocultaron su verdadero origen.

María Eugenia Sampallo Barragán no está haciendo juicio a “su familia”. Osvaldo Arturo Rivas y María Cristina Gómez Pinto la criaron sin el consentimiento de su familia biológica que la buscó desde antes de nacer en cautiverio. La familia de Eugenia la acompaña en el juicio contra sus apropiadores y el militar que la entregó como si se tratara de un objeto.